Algunas semanas después de abandonar el país, la madrugada del 23 de enero de 1958, rumbo a República Dominicana, Marcos Pérez Jiménez, quien hasta hace poco era el hombre más fuerte de Venezuela, se encaminaba hacia un nuevo destino: Miami. Ciudad en donde disfrutaría de un estilo de vida que poco tenía que ver con el supuesto patrimonio de $336.810 que, según su declaración, habría adquirido en modo de salario luego de 10 años de gobierno. El exdictador contaba con una flota de autos, una mansión en Pine Tree Drive[1] y un séquito de sirvientes y guardaespaldas que llamaban bastante la atención, y que, como no podía ser de otro modo, le dieron la entrada a la sociedad de los exiliados latinomaericanos millonarios.
En Venezuela, mientras tanto, la junta de gobierno que le había arrebatado el timón del país al de Michelena[2], trataba de poner en orden las cosas, tomando decisiones que tranquilizaran a los venezolanos y permitieran tomar otra vez el rumbo hacia la convivencia pacífica y el desarrollo. La gente había estado saqueando y vandalizando las propiedades que de una u otra manera representaban a sus anteriores líderes; entre ellos el edificio de la Seguridad Nacional, el periódico El Heraldo, y las propiedades privadas tanto del exdictador como de sus más íntimos colaboradores. Actitud social que, aunque de seguro disgustó a Pérez Jiménez, probablemente no le sorprendió, dado que en aquella Venezuela era costumbre tomar represalias en contra de los inmuebles de los ex caudillos, como él mismo habría llegado a presenciar luego de la presidencia de Juan Vicente Gómez.
La Junta de Gobierno implícitamente colaboraba con los saqueos al no hacer nada para detenerlos, y su máximo representante, el contraalmirante Wolfgang Larrazábal, alimentaría la efusiva demostración de sentimiento antiperezjimenista que tenía lugar en el país, alentando tanto la persecución judicial del exdictador, como la de sus amigos, ministros y líderes de la Seguridad Nacional; por peculado y violación de los derechos humanos. Los venezolanos se sentían indignados gracias a los periódicos que publicaban relatos de los crímenes y la corrupción de los perezjimenistas; leían sobre torturas a prisioneros políticos y orgías en la isla de La Orchila, también sobre la acumulación de fantásticas fortunas por parte de Pérez Jiménez y sus amigos.
Larrazábal, como respuesta, pedía a los ciudadanos que llevaran sus denuncias ante los tribunales y el Comité Investigador contra el Enriquecimiento Ilícito (CIEI); organización establecida en 1948 que presumía que la existencia de una gran fortuna derivaba del peculado a menos que el acusado pudiera probar el origen legal de ésta. Claro que, para entonces, el CIEI no tenía la capacidad de ejecutar semejante tarea, pues muy pocas investigaciones se habían llevado a cabo desde 1948 y el número de casos a considerar era enorme. Aparte, carecía de las condiciones secretariales y de espacio mínimas, e incluso se veía limitado por la poca cooperación de varios exfuncionarios gubernamentales y la reluctancia pública a testificar. La gente en general tendía más a dar testimonios de violaciones a sus derechos que de delitos administrativos o de corrupción política; también conservaba una cierta desconfianza hacia las cortes, de modo que prefería hacer sus denuncias ante la prensa que ante las autoridades judiciales.
En este caos, aquellos que habían estado asociados de alguna manera con el régimen se apresuraban a proclamar su inocencia. Médicos, oficiales militares, locutores de radio y otros condenaban a sus pares que habían cooperado con la dictadura y pedían a los venezolanos que distinguieran entre los colaboradores y los profesionales honestos. Mucha gente, a su vez, demandó al gobierno por daño psicológico, material o físico, esperando repetir el éxito de demandas similares que permitieron que muchas personas se hicieran con parte de las propiedades de Juan Vicente Gómez luego de su muerte. Las demandas privadas, sin embargo, fueron suspendidas, debido a que el presidente Larrazábal emitió el 6 de febrero de 1958 el decreto 28, que, en nombre de la nación, ordenaba la toma de toda la propiedad perezjimenista –tanto del exdictador como de sus intermediaros– bajo investigación del comité; acción con la que se buscaba prevenir la transferencia de propiedades que los exiliados del anterior gobierno podían realizar desde el exterior, y con lo que podían librarse de la pena de confiscación de propiedades, que, dada su ausencia, tardaría en ser aplicada –debido a las limitaciones antes referidas del CIEI, que tenía básicamente 10 años sin operar de forma adecuada–. Tal medida habría sido precedida por el decreto, el 25 de enero, de abolición de la Seguridad Nacional y el inicio de procedimientos legales en contra los miembros de esta organización acusados de haber cometido crímenes contra la humanidad. También se ordenó que La Orchila fuera convertida en una base aérea naval.
Muchas de las acusaciones de los venezolanos en contra de Pérez Jiménez y sus ministros fueron transcritas y se usarían más tarde para construir el caso de la nación en su contra, si bien ellas contenían muy poca evidencia de primera mano sobre sus crímenes. En el caso del exdictador, el secuestro preventivo de sus propiedades se convertiría en confiscación oficial bajo los términos de la Constitución de 1961. Medida que trajo satisfacción a muchos venezolanos, quienes, no obstante, continuarían presionando para establecer un precedente legal para el procesamiento de un expresidente que cometió crímenes durante su mandato.

El contraalmirante Wolfgang Larrazábal y la junta de gobierno; enero de 1958.[3]
El decreto 28, además de simplificar bastante el proceso judicial iniciado por el estado, era justificado por la Junta a partir de las «públicas y notorias»[4] acciones ilegales de Pérez Jiménez, y las demandas populares de sanciones «sin afectar innecesariamente la atmósfera armoniosa en la que el país comenzaba a vivir»[5]. Esto último implicaba la intención de limitar el número de personas a procesar, dado que, teniendo como antecedente los juicios por peculado de 1946-1947, que erosionaron el respaldo al gobierno de Acción Democrática y le granjearon enemigos importantes, terminando después con su salida abrupta del poder, la Junta quería evitar ofender a amigos y familiares de mucha gente que había hecho negocios con el gobierno de Pérez Jiménez. Larrazábal probablemente sabía que condenar también a éstos habría socavado el sentimiento de unidad difundido en 1958 –indispensable para prevenir una guerra civil en aquella frágil e incierta situación– y, por lo tanto, mantuvo en la persona de Pérez Jiménez la mayor responsabilidad posible por todos los delitos de su administración. Claro que esto no impediría que se presentaran cargos en contra de otros importantes oficiales de la dictadura.
El CIEI eventual y lentamente iría recopilando evidencia en contra de oficiales perezjimenistas, misma que traspasaría a distintas oficinas del gobierno. Si dentro de sus investigaciones se corroboraba que los sospechosos habían cometido crímenes especificados en el Código Penal, el proceso iría a manos del Ministerio Público para acciones legales. Otros casos iban a la oficina del Contralor, y si la evidencia sugería enriquecimiento ilícito de altos oficiales, el Fiscal General iniciaría las acciones legales correspondientes. Dicho Fiscal General, Pablo Ruggieri Parra, empezaría, en cooperación con el Ministro de Justicia Andrés Aguilar Mawdsley, a organizar el caso en contra de Pérez Jiménez poniendo la mayor parte de su energía en él. Dado que Pérez Jiménez iba a ser responsabilizado por la mayor parte de las fechorías de su administración, era esencial compilar sustancial evidencia en su contra y documentar sus tratos financieros. Tarea que no sería nada sencilla, dada la resistencia a declarar por parte de los allegados y conocidos del exdictador.
El material más incriminatorio en contra de Pérez Jiménez fue encontrado en una maleta que él y su esposa dejaron la mañana del 23 de febrero, cuando huían del país. Ésta sería un verdadero tesoro, por contener escrituras de propiedad, comprobantes de depósitos bancarios, valores negociables y notas escritas de arreglos financieros; además del uniforme del exdictador. Y aunque la Junta no reconoció de inmediato el valor de la maleta, al menos hizo bien en negarse a cumplir la «demanda de honor» de Pérez Jiménez y enviársela a Miami. Claro que los documentos de la maleta sólo serían valiosos si Pérez Jiménez y sus asociados podían ser traídos a juicio, y esto último, a su vez, dependía del éxito de la extradición desde el país donde el acusado se encontraba refugiado. Véase que en las Américas las solicitudes de extradición solían fracasar debido a un conflictivo respeto por el principio de asilo político. Una figura política podía ser entregada por crímenes comunes, pero en la práctica la línea entre éstos y los crímenes políticos era difícil de trazar, en especial en los casos de altos funcionarios. Nunca en las Américas un ex jefe de estado requerido para ser enjuiciado en su país natal había sido extraditado.
Así, la Fiscalía y el CIEI se toparon con un dilema, puesto que la mayoría de las personas bajo investigación eran oficiales del gobierno que habían escapado a otros países, y, en consecuencia, el éxito de sus procesos judiciales dependía de si se tenían tratados de extradición con tales naciones y de la voluntad de éstas de reconocer los crímenes imputados a sus refugiados como comunes y no políticos. Algunos venezolanos eran optimistas en cuanto al éxito de la extradición de Pérez Jiménez; otros estimaban que había demasiadas pruebas como para que cualquier país del mundo se negara a entregarlo tanto a él como a Pedro Estrada; algunos no tenían muchas esperanzas de ello, y alentaban en cambio que se hicieran solicitudes en contra de oficiales de menor rango.
Presionada por la prensa y la opinión pública, la Junta demandó la extradición de Pedro Estrada y de varios funcionarios en 1958. El Ministro de Exteriores no solicitaría la entrega de Pérez Jiménez puesto que Ruggieri Parra no había entregado el caso a la Corte Federal (Suprema Corte a partir de la constitución de 1961) –acción ésta necesaria según las leyes venezolanas–, debido, posiblemente, a que no había tenido el tiempo de completarlo de forma adecuada. Asimismo, quizá Larrazábal y la Junta pensaban que la confiscación de la propiedad del exdictador y el procesamiento de los oficiales de la Seguridad Nacional era suficiente represalia en contra de la dictadura; teniendo en cuenta que fisgonear en los negocios y asociaciones de Pérez Jiménez molestaría sin necesidad a muchos venezolanos, si éste finalmente no iba a poder ser enjuiciado. La Junta tal vez consideraba también que el gobierno de Dwight Eisenhower, que había galardonado al exdictador con la Legión al Mérito en 1954, no estaría dispuesto a extraditarlo.
Por otro lado, dado que, con el ministro de exteriores en ese año, Oscar García Velutini, hubo pocos esfuerzos de extradición, incluso para los oficiales de menor rango, éste fue sustituido por René de Solá en mayo, después de la desafortunada visita del vicepresidente Richard Nixon a Venezuela[6]. De Solá se movería deliberadamente para desarrollar argumentos en favor de la extradición de políticos acusados de crímenes comunes. Por ejemplo, ante la virtual imposibilidad de extraditar a Pérez Jiménez, a Pedro Estrada y a Vallenilla Lanz, por contar éstos con pasaportes especiales o diplomáticos –emitidos por Velutini, según confesaría en junio–, que implicaban que el país donde se refugiaban les había permitido ingresar a ellos, De Solá hizo todo lo que estuvo a su alcance para reemplazarlos por pasaportes ordinarios. El ministro también intentaría estrechar la definición de los crímenes políticos y de cuándo los asilos debían ser garantizados. Con todo, sus esfuerzos encontrarían obstáculos. Los gobiernos de México, Cuba y El Salvador rechazarían sus argumentos, alegando, entre otras cosas, que la Convención de Asilo Diplomático no decía nada sobre las formas de gobierno derrocadas por una rebelión, y que, si un gobierno que garantizaba asilo juzgaba la naturaleza democrática de otro, para determinar si una solicitud de extradición de éste era válida no, estaría interviniendo en los asuntos internos de este último país.
En octubre, la Corte Federal decidió que había suficiente evidencia para solicitar la extradición de Estrada y Ulises Ortega –otro agente de la SN–, principalmente por el asesinato de Leonardo Ruiz Pineda en 1954, miembro de AD en la clandestinidad. Sin embargo, De Solá encontraría dificultades para lograr esto, dado que Estrada se movería varias veces; primero de Estados Unidos –donde se estableció brevemente hasta que un amigo le informó que Washington honraría la solicitud de su extradición por parte de Venezuela– a España, y luego de esta última república a Suiza, justo después de que Venezuela hiciera la correspondiente solicitud de extradición a la primera. Estrada, antes de salir a Estados Unidos, incluso llegó a advertir a Pérez Jiménez acerca de moverse a algún otro lado, para evitar ser enviado a Venezuela. El exdictador, sin embargo, se quedó en Florida, confiado de que la administración de Eisenhower no lo entregaría.
Una vez establecida la administración del presidente electo en las elecciones de 1958, Rómulo Betancourt, la ambivalencia de la Junta de Gobierno en los esfuerzos por juzgar a Pérez Jiménez desaparecería. Betancourt, aunque ciertamente complacido con las acciones de la Junta a este respecto, no vacilaría en su determinación de forzar a Pérez Jiménez a enfrentar un juicio por los delitos de su gobierno. El juicio del exgeneral se convirtió en un punto central de toda su filosofía política, al mismo tiempo que expresaba la animosidad personal del líder de AD en contra del militar, incluso aunque éste lo negara con frecuencia. Por otro lado, podríamos decir que Betancourt estaba motivado a llevar a cabo el procesamiento de Pérez Jiménez, porque ello corroboraba en gran medida tres grandes principios que, según él, regirían su política: 1) su administración alentaría la insistencia popular en la honestidad gubernamental y dificultaría el robo del erario público; 2) se adheriría estrictamente a las reglas del debido proceso, lo que desarrollaría la independencia de las ramas parlamentaria y judicial del gobierno; y 3) su gobierno urgiría a las naciones democráticas a combinar esfuerzos para condenar y aislar a las dictaduras en el hemisferio.
La retórica del gobierno de Betancourt, no obstante, contrastaría con lo poco que hizo al principio para facilitar la labor de investigación del CIEI, que se quejó de la enorme cantidad de requerimientos de procedimiento, que ralentizaban y llegaban a frustrar su objetivo de investigar abusos, traer a los culpables a juicio y confiscar su riqueza ilícita. Algunos miembros del Congreso, incluidos diputados comunistas, propusieron reformas a las leyes en contra del enriquecimiento ilícito para acelerar los procesos de investigación y castigo, a las que Acción Democrática se opuso, bloqueándolas y optando por apoyar modificaciones menores. La razón de esta decisión se hallaba en la cautela con que este partido quería proceder para evitar tener los mismos problemas que tuvo que enfrentar luego de los juicios por peculado de 1947. Además, tenía la intención de concentrar su campaña de procesamiento judicial sólo en Pérez Jiménez y sus más íntimos colegas.

Rómulo Betancourt, discurso de toma de posesión en 1959.[7]
Betancourt, entretanto, siguió el ejemplo de Larrazábal de disponer de las propiedades secuestradas de los perezjimenistas antes de que se encontraran en peligro de deterioro y/o depreciación; y así, granjas y casas fueron presentadas a universidades y escuelas, y el yate presidencial fue convertido en un barco de investigación hidrográfica. Las instituciones consideradas «socialmente útiles» podrían aplicar para recibir alguna de las propiedades impugnadas. Acción Democrática, por su parte, siguiendo la línea de honestidad administrativa fomentada por su máximo líder, a través de David Morales Bello, abogado y líder del partido, argumentaría frente a la Corte Federal que Pérez Jiménez tenía que ser juzgado en los tribunales inferiores, dado que un expresidente no debía gozar de un estatus de mayor privilegio al de cualquier otro ciudadano ordinario, ni recibir un trato judicial distinto a éste. Asimismo, decía que tratar el caso en tribunales inferiores aceleraría las acciones judiciales. La petición, no obstante, fallaría, y la Corte Suprema se convertiría en el tribunal que escucharía la evidencia en contra de Pérez Jiménez; decisión que probablemente contribuiría a extender el procesamiento.
El 23 de Julio, Ruggieri Parra finalmente puso en marcha el juicio, presentando los cargos y la evidencia en contra del exdictador ante la Corte Federal. Los ocho paquetes de documentos y diez cajas de microfilm que el fiscal entregó a la secretaría de la Corte representaban 8 largos meses de trabajo. Muchos comenzaron a especular sobre la importancia de aquel proceso; El Nacional, por ejemplo, comentó que se trataba de la acusación más documentada en contra de un ex jefe de estado, en la historia del mundo civilizado. El periódico daba cuenta de un orgullo nacional por la contribución que el nuevo gobierno democrático parecía hacer a las leyes internacionales. Otros, por su lado, se mostraban preocupados por el hecho de que sólo se buscara responsabilizar a Pérez Jiménez por los desmanes de la dictadura, y se ignorara a aquellos que, en favor de sus intereses, lo ayudaron a crearla. Éstos opinaban que el peligro de la dictadura no iba a ser eliminado si sólo se castigaba al dictador y a sus asociados más cercanos.
El caso de Pérez Jiménez se convertiría en parte integral de la campaña de reformas de Acción Democrática; y su esfuerzo por lograr el éxito en esto incluso llevaría al partido a reclamar la devolución de la riqueza llevada fuera del país por exdictadores y asociados. Gonzalo Barrios, un fiel miembro del partido, integrante de la generación del 28, llegaría a proponer que los Juicios de Núremberg podrían proveer un precedente para la «extradición» de la riqueza robada, teniendo en cuenta que los jueces de este proceso habían despojado a militares alemanes de sus botines de guerra para restituírselos a sus dueños legítimos. Barrios también alegaba que el dinero extraído de Venezuela podía ser usado por los perezjimenistas para amenazar el gobierno democrático mediante el financiamiento de ataques desde el exilio.
Esta demanda, junto a la agresiva postura de la administración Betancourt en contra de las dictaduras en la región –a las que llamaba no sólo a condenar, sino también a aislar a través de acuerdos y acciones conjuntas entre los gobiernos democráticos–, pronto llamaría la atención sobre la cordialidad de Estados Unidos hacia dictadores en la década de los 50, y su disponibilidad de proteger a viejos amigos bajo la égida de asilo político. Los portavoces de Washington saldrían al paso para tratar de contrarrestar las impresiones desfavorables. Milton Eisenhower, hermano de Dwight y consejero presidencial, por ejemplo, explicó que Pérez Jiménez residía en Norteamérica sólo porque ese gobierno extendió la cortesía a un poseedor de un pasaporte diplomático venezolano; Roy Rubottom, Secretario de Estado asistente para América Latina, le dijo al Comité de Asuntos Exteriores del Senado que Pérez Jiménez no había recibido la Legión de Mérito como un individuo, sino como el representante de una nación amiga de Estados Unidos. El Fiscal General William Rogers anunció que el exdictador cubano, Fulgencio Batista, no recibiría asilo político en Estados Unidos, pero podría entrar como un visitante ordinario.
Como una manera de obtener favores futuros con el nuevo gobierno de Venezuela, el servicio de inmigración estadounidense, con la aprobación del Departamento de Estado, comenzaría en marzo el proceso de deportación de Pérez Jiménez; quien, habiendo ignorado las advertencias de Pedro Estrada el otoño anterior, se dirigió a su abogado, David Walters de Miami, para apelar y retrasar la orden de expulsión. El servicio de inmigración también le pediría a Luis Felipe Llovera Páez que abandonara el país y obtendría una orden judicial que impediría que Pedro Estrada volviera ingresar a territorio norteamericano.
Los esfuerzos para deportar a los perezjimenistas eran un intento pragmático de evitar tener que lidiar con las solicitudes de extradición, y una señal de que la Guerra Fría se había descongelado lo suficiente como para que Washington tomara distancia de los dictadores que habían «defendido la democracia» en contra de los comunistas en los años 50. En cuanto a la prensa, el New York Times elogió a la administración Eisenhower por su tentativa de deportar a Pérez Jiménez, comentando al mismo tiempo que esperaba que el mundo olvidara algún día que este mismo gobierno le había entregado al exdictador tachirense la Legión de Mérito en 1954. Otros diarios como el Miami Herald defendían más bien el asilo político, en coherencia con los principios de política exterior norteamericana. En cuanto a la prensa venezolana, se mantenía tan atenta como el gobierno a cada movimiento de Pérez Jiménez. Cada vez que alguna fecha de deportación era anunciada, El Nacional lo anotaba en su página editorial. La administración de Betancourt llegaría incluso a tratar de influenciar en la prensa estadounidense que cubría el caso del exdictador.
Pese a que la efectividad de estos tempranos esfuerzos del gobierno venezolano por influir en la opinión de los Estados Unidos sobre el caso de Pérez Jiménez, fue mínima, los mismos darían lugar a cuatro años de batallas legales que vendrían de la mano con una nueva dirección en la política norteamericana hacia América Latina. El exdictador, anidado en la comunidad de exiliados latinoamericanos, y que continuaba viendo las acciones de Venezuela en su contra como una venganza personal de parte de Betancourt, no sería capaz de prever el empuje de la nación llanera para lograr su objetivo ni el impacto que podría tener una campaña presidencial estadounidense, en la que la política exterior ocupaba un lugar preponderante.
Bibliografía
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Judith Ewell; Jstor. The Extradition of Marcos Perez Jimenez, 1959-63: Practical Precedent for Enforcement of Administrative Honesty? https://www.jstor.org/stable/156130?read-now=1&seq=1#page_scan_tab_contents
Judith Ewell. The Indictment of a Dictator, the Extradition and Trial of Marcos Pérez Jiménez (USA, 1981).
Macpecri. Pérez Jiménez: juicio y condena. http://macpecri.com/desafiohist/?p=507
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Rafael Arráiz Lucca. El «trienio adeco» (1945-1948) y las conquistas de la ciudadanía.
Rafael Cartay. La filosofía del régimen perezjimenista: El Nuevo Ideal Nacional. https://web.archive.org/web/20160706053618/http://iies.faces.ula.ve/Revista/Articulos/Revista_15/Pdf/Rev15Cartay.pdf
RESDAL (Red de Seguridad y Defensa de América Latina). Título: Relaciones civiles-militares en el siglo XX venezolano – Capítulo II – El protagonismo militar venezolano, velado primero y directo después: Del General y Jefe Supremo Juan Vicente Gómez al General de División Marcos Evangelista Pérez Jiménez, de una a otra dictadura. https://www.resdal.org/Archivo/dom-cap2.htm
Universidad Simón Bolívar. El Estado Cuartel en Venezuela (diciembre, 2014).
[1] Uno de los vecindarios más lujosos de Miami Beach.
[2] Ciudad del estado Táchira, en Venezuela.
[3] Wikimedia Commons. File:1958. Integrantes de la Junta de Gobierno, Coronel Pedro José Quevedo, Edgar Sanabria, Wolfgang Larrazábal. https://commons.wikimedia.org/wiki/File:1958._Integrantes_de_la_Junta_de_Gobierno,_Coronel_Pedro_Jos%C3%A9_Quevedo,_Edgar_Sanabria,_Wolfgang_Larraz%C3%A1bal.jpg
[4] Judith Ewell. The Indictment of a Dictator, the Extradition and Trial of Marcos Pérez Jiménez (USA, 1981), p. 44.
[5] Ídem.
[6] En la que su caravana fue atacada por protestantes en Caracas que vinculaban a Estados Unidos con la dictadura recién derrocada.
[7] Wikimedia Commons. Rómulo Betancourt 59. https://commons.wikimedia.org/wiki/File:R%C3%B3mulo_Betancourt_59.jpg